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EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA
Corresponde a los gastos realizados por la
aplicación de instrumentos de evaluación diagnóstica, que consiste en un proceso
donde el resultado es una retroalimentación para el alumno y para el profesor,
de tal manera que puedan tomar las acciones correspondientes para asegurar el
logro de los objetivos de manera óptima.
Para el uso de recursos PIE, se podrán
solventar los gastos que se generan por la atención de especialistas, sólo si están
relacionados a las evaluaciones consideradas en el Decreto N°170 de 2009, del Ministerio
de Educación. Lo anterior no incluye la compra de medicamentos. Estos servicios
deberán cumplir los siguientes requisitos:
A) Debe ser un presional idóneo, es decir, contar con el respecctivo título profesiona.
B) Estar inscrito y
autorizado en el Registro de Pofesionales para la
Evaluación y Diagnóstico del Ministerio de Educación.
C) El profesional y/o
consulta médica debe emitir el respectivo documento tributario a nombre de la
entidad sostenedora, especificando nombre y Rut del alumno atendido.
D) El profesional deberá entregar
un informe de evaluación y tratamiento a seguir.