410 901 TRANSPORTE ESCOLAR
Corresponde a los
gastos realizados para el traslado de alumnos en forma permanente o por alguna
actividad específica.
En el caso que el
transporte escolar se financie con la SEP, el gasto se debe sujetar a lo dispuesto en los Dictámenes N° 22 y N° 42, es decir, sólo
podrá hacerse con ocasión de una actividad puntual o específica, debidamente
enmarcada en el PME y cuya finalidad cumpla con el objeto de la SEP.
RESPALDOS
En caso de que el gasto sea por transporte de
estudiantes mensual con cargo a Subvención SEP:
·
Contrato y fotocopia de Cédula de Identidad.
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Nómina de estudiantes trasladados.
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Informe del recorrido
·
Recepción conforme del servicio.
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Comprobante de pago.
En caso de que el gasto sea por trasladado por
alguna actividad específica:
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Contrato y fotocopia de Cédula de Identidad.
·
Nómina de estudiantes trasladados.
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Planificación de la actividad.
·
Recepción conforme del servicio.
·
Comprobante de pago.