410 913   GASTOS BANCARIOS

Corresponde clasificar en gastos bancarios, aquellos desembolsos relacionados con la mantención de la cuenta corriente bancaria, confección de talonarios de cheques u otros similares.

Es necesario destacar que sólo se aceptará este tipo de gasto en la Subvención Escolar Preferencial (SEP) para los municipios y corporaciones municipales, considerando que están obligados a tener una cuenta corriente exclusiva para administrar los recursos SEP.

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